Conseguir vivienda

Dos son las fórmulas más habituales para poder conseguir vivienda: la compra o el alquiler. En el caso de la compra, el contrato de compraventa al que llegan el comprador y el vendedor se suele convertir en escritura pública. Es decir, se firma el contrato ante un notario o notaria que lo lleva al Registro de la Propiedad para certificar la compraventa. En los casos de alquiler, suele ser un documento privado entre las dos partes, que la persona propietaria tiene que registrar, y depositar la fianza derivada del contrato, en el servicio Bizilagun.

La vivienda puede ser libre, protegida o de titularidad pública. Existe un servicio público de alquiler y compra de vivienda de protección social (al que se accede inscribiéndose en (Etxebide) así como inmobiliarias y promotoras privadas.

La vivienda puede ser libre, protegida o de titularidad pública. Existen servicios públicos de información (Etxebide) así como inmobiliarias y promotoras privadas.

Ayudas públicas para vivienda

Tanto para la venta como para el alquiler existen ayudas públicas. En el País Vasco para acceder a las ayudas públicas hay que inscribirse en el Servicio Vasco de Vivienda-Etxebide donde proporcionan información así como la solicitud que hay que rellenar para la inscripción. En su solicitud la persona debe hacer constar los datos básicos de los familiares con los que se espera convivir en ese nuevo domicilio.

Además de obtener información, también se puede solicitar y entregar el formulario en la Red de Oficinas colaboradoras de Etxebide.

  • Alquiler de vivienda usada - PROGRAMA BIZIGUNE
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    Opciones

    En el Servicio Vasco de Vivienda-Etxebide existen varias opciones:

    • Compra de vivienda nueva (dos modalidades).
    • Compra de vivienda usada.
    • Compra de vivienda tasada.
    • Alquiler de vivienda de protección oficial.
    • Alquiler de vivienda social.
    • Requisitos

      Se puede inscribir en el Registro de Etxebide cualquier persona que:

      • Tenga más de 18 años, o menor emancipado/a.
      • Esté empadronada en Getxo u otro municipio del País Vasco.
      • No haya conseguido vivienda de protección oficial durante los dos años anteriores a la petición, salvo en el caso de alquiler.
      • Acredite unos ingresos mínimos y no superar unos ingresos máximos.

      Los datos son verificados por la Administración.

      En el caso de personas extranjeras es necesario que dispongan de autorización de residencia en vigor. Si se quiere optar por el régimen de compra, esta autorización tiene que ser de larga duración.